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Asociación “Cosa Nuesa”

C/ Marqués de San Esteban, Nº58 Entresuelo Dcha.
33206 Gijón – Asturias
Tfnos. 985 170 229 / 609 43 97 68
Fax. 985 170 229
e-mail: cosanuesa@cosanuesa.com
 
 
Derechos de las distintas clases de Socios

Con fecha del 31 de mayo del año 2007, la Asociación de Discapacitados Físicos Cosa Nuesa celebró elecciones para el nuevo mandato que empieza, disponiendo, entre otras cosas, las distintas clases de socios con los que contará la Asociación.

Clases de socios

De acuerdo con la última asamblea celebrada por la Asociación, se establecerán cuatro clases distintas de socios:

   1. Socios Numerarios.
   2. Socios No Numerarios:
   3. Socios de Honor.
   4. Socios Colaboradores.

Derechos de los socios

Los derechos que corresponden a cada tipo de socio son los siguientes:
 
Socios numerarios
  1. Tomar parte en cuantas actividades sociales organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
  2. Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
  3. Ser electores y elegibles para los cargos directivos.
  4. Poseer un ejemplar de estos Estatutos y recibir información de los Acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
  5. Hacer uso de la insignia o emblema que la Asociación cree como distintivo de sus socios.
  6. Recurrir a la Junta Directiva cuando estimen que sus derechos han sido vulnerados, sin perjuicio de la impugnación de acuerdos que puedan formular legalmente

Socios No Numerarios

Tienen los mismos derechos que los socios numerarios, excepto ser electores y elegibles para cargos directivos.
 
Socios de Honor

¿Quiénes serán Socios de Honor?

La Junta Directiva podrá nombrar miembros de honor de la Asociación, y tales nombramientos deberán recaer en personas que hayan contraído méritos relevantes en la misma. Tales miembros estarán exentos de pago de cuotas; no podrán ser electores ni elegibles para los cargos directivos; y podrán participar con voz pero sin voto de los órganos de administración y gobierno de la Entidad.

El ingreso en la Asociación podrá ser solicitado por cualquier persona con capacidad de obrar que tenga interés en el desarrollo de las fines de la Asociación, mediante escrito dirigido a su Presidente, el cual dará cuenta a la Junta Directiva, accediendo o denegando la admisión.

A todos los efectos, no se adquiere la condición de asociado en tanto no se satisfagan los derechos o cuota de entrada, en la cuantía y forma que establezca la Asamblea General.
 
Socios Colaboradores

Será Socio Colaborador cualquier persona física o jurídica, dentro o fuera del Principado de Asturias, que así lo solicite.

Si deseas cooperar con la Asociación de alguna forma, no dejes de ponerte en contacto con nosotros.
 
Ayuntamiento de Gijón Servicios Sociales
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Obra Social Fundación La Caixa
Gimpei Asturias SL
Consejería de Vivienda y Bienestar Social del Principado de Asturias
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